La universalidad para los objetivos y principios del TNP

By Adel M. Ali (ES), June 14, 2012

Naeem Ahmad Salik señaló que los participantes en este animado debate han sostenido en gran medida las posturas que adoptaron cuando empezó la discusión. Salik no se desvió de ese patrón en su último ensayo y tampoco lo haré yo. En su lugar, ofreceré nuevas observaciones que respaldarán mis argumentos previos y desafiarán los argumentos de mis colegas.

Sunday Jonah, en su primer ensayo de la Mesa Redonda, sugirió que la autoridad del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) sea expandida para que la agencia tenga la potestad para evaluar los acuerdos de seguridad nuclear en las naciones que son signatarias del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP). Jonah y Salik han debatido este punto detenidamente, y Salik ha señalado acertadamente que la expansión del mandato de la agencia requeriría enmendar el tratado, lo que no es una cuestión que se pueda tomar a la ligera. Pero mi punto de vista en este caso es que los temas de seguridad nuclear dentro de cada Estado son justamente la responsabilidad del mismo. En mi opinión, los mayores riesgos asociados a la seguridad nuclear emanan, no de las partes del tratado — el OIEA sabe mucho sobre las instalaciones y materiales nucleares en estos países — sino de los Estados no adherentes, sobre los que la comunidad internacional conoce relativamente poco.

Así como Salik y Jonah no están de acuerdo sobre la expansión de la autoridad del OIEA, Salik y yo no concordamos sobre cómo la India, Pakistán e Israel se adherirán al régimen de no proliferación. Yo he argumentado que estos países deben, como lo exigió la Conferencia de Revisión del TNP en el año 2010, unirse al tratado como Estados sin armamento nuclear. (Por cierto, para evitar cualquier malentendido eventual sobre la introducción al segundo ensayo de Jonah, yo nunca he argumentado que se debe permitir que estos países se unan como Estados con armamento nuclear). Salik, entretanto, ha defendido que se debe permitir que éstos se unan como Estados con armamento nuclear. En el tercer ensayo, Salik sostiene que estos países no adherentes al tratado no pueden ser acusados de violar las estipulaciones ni el espíritu del TNP porque nunca se han unido a éste. Sin embargo, yo creo que los principios y objetivos expresados en el TNP deben considerarse como aplicables a todos los Estados, incluyendo a aquellos que no son parte del mismo — así como la Carta de la ONU estipula que se espera que todos los Estados, no solo los miembros de la ONU, actúen con apego a ciertos principios que gobiernan las relaciones internacionales.

Salik también menciona que Egipto accedió al TNP aunque el programa de armas nucleares de Israel precedía el establecimiento del tratado. Esto es cierto, pero se debe mencionar que cuando accedió Egipto en el año 1981, Egipto e Israel ya habían concluido un acuerdo de paz renunciando al uso de fuerza o a la amenaza de fuerza entre sí. También cabe señalar que cuando Egipto estuvo de acuerdo con la extensión indefinida del tratado en 1995, lo hizo solo después de haber conseguido la adopción de la resolución en el Medio Oriente, la que, entre otras cosas, pedía el establecimiento de una zona libre de armas nucleares en la región y también que todos los Estados en la región accedieran al tratado. Los más importante, empero, es que Egipto merece elogios en vez de críticas por participar cabalmente en el régimen global de no proliferación.

Previamente en la Mesa Redonda, Salik aludió a la intención de la Administración de Obama de facilitar la adhesión de la India a regímenes globales de control de exportaciones, que incluye el Grupo de Proveedores Nucleares (NSG, por sus siglas en inglés); y también al hecho que India recibió una exención del NSG, permitiéndole que participe en el comercio nuclear a pesar de que no es parte del tratado. Salik alega que estos acontecimientos, sumados al afán de varios países de participar en negocios nucleares con la India, han creado una atmósfera de excepcionalidad que ni alienta a los no adherentes del TNP a unirse al régimen, ni promueve la ejecución justa del tratado. Yo estoy totalmente de acuerdo.

Sin embargo, agregaría un punto importante. Un país como Australia no solo probablemente viola sus obligaciones bajo el Tratado de Raratonga al participar en el comercio nuclear con India, como lo menciona Salik; también es el caso, desde mi punto de vista, que los artículos I, II y III del TNP, al igual que el preámbulo del tratado, prohíben el comercio nuclear con India, ya que estas secciones del tratado pretenden, en parte, asegurar que la capacidad de armamento nuclear no sea transferida, ni directa o indirectamente, a los países que no son reconocidos como Estados con armamento nuclear bajo el tratado. Evitar la proliferación nuclear requiere, entre otras cosas, la disciplina de parte de las naciones que proporcionan los materiales y tecnologías nucleares.



 

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