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Armas autónomas: son útiles si están bien reguladas

By Monika Chansoria: ES, February 8, 2016

Cuba, Ecuador, Egipto, Pakistán y el Vaticano, solo estos cinco Estados, de los 87 que enviaron delegados a una conferencia de la ONU sobre armas autónomas letales celebrada en 2014, presentaron proclamas instando a la prohibición de los sistemas de armas autónomas. Entretanto, es posible que varias docenas de países estén desarrollando robótica militar. En este contexto parece bastante improbable que se prohíban las armas autónomas letales, y que, en caso de imponerse tal prohibición, esta sea factible.

Mi colega de mesa redonda, Heather Roff, parece descartar toda posibilidad de que las armas autónomas puedan superar alguna vez a los seres humanos en lo que refiere a la toma de decisiones en el campo de batalla. En este punto Paulo E. Santos ya demostró que Roff está equivocada, citando, por ejemplo, investigaciones que sugieren que los algoritmos de reconocimiento facial podrían emparejar rostros mejor que los seres humanos. Además, está el argumento de que las armas autónomas podrían superar a los humanos en algunas situaciones, precisamente porque no son humanas. El investigador de la Fundación Heritage, Steven Groves, sostiene que las armas autónomas “podrían desempeñarse mejor que los humanos en entornos peligrosos en los que un combatiente humano podría actuar movido por el miedo o la ira”.

A su vez, contrariamente a lo sugerido por Roff, las armas autónomas podrían desempeñar varias funciones militares útiles, acatando a la vez el derecho internacional humanitario. Groves sostiene que las armas autónomas que operen en entornos permisivos podrían algún día atacar formaciones de tanques en zonas remotas como desiertos, o atacar buques de guerra alejados de las rutas marítimas comerciales. Estos usos de las armas autónomas cumplirían con el principio de distinción, un elemento del derecho internacional humanitario que exige a las partes de un conflicto distinguir entre civiles y combatientes y dirigir los ataques solo contra estos últimos. En zonas de combate sin civiles u objetos civiles sería imposible que las armas autónomas violaran el principio de distinción.

De la misma forma, las armas autónomas desplegadas en el aire podrían cumplir importantes funciones militares acatando simultáneamente el principio de proporcionalidad en el ataque, otro elemento del derecho internacional humanitario. Por ejemplo, las armas autónomas podrían perseguir aviones enemigos en zonas en las que está prohibida la aviación civil. Podrían estar programadas para reconocer los aviones enemigos según sus perfiles, sus firmas de calor, su umbral de velocidad aérea, etc. Todos estos elementos permitirían distinguirlos de los aviones civiles. En estas situaciones las ventajas de atacar aviones enemigos no podrían ser superadas por el riesgo de excesivas víctimas civiles. Este riesgo sería de cero. Sostiene Groves que ocurriría prácticamente lo mismo debajo del agua. Los sistemas de armas autónomas podrían patrullar las aguas y atacar submarinos enemigos sin que esto implicara mucho riesgo de excesivos daños colaterales. Roff, que evidentemente no toma nada de esto en cuenta, desarrolla un argumento más bien genérico contra las armas autónomas.

Las estrategias y tácticas militares tradicionales no pueden de por sí competir adecuadamente con algunos de los desafíos que se presentan en los Estados democráticos y liberales a causa de actores no estatales y trasnacionales, inclusive las formas de conflicto no convencionales, subconvencionales, asimétricas e irregulares. Los Estados deben limitar el alcance y la intensidad de la fuerza militar que aplican, debido a las normas que exigen que se minimicen los daños colaterales y se mantenga la proporcionalidad. Los actores no estatales no respetan estas normas. Esto crea una asimetría política y psicológica que debe abordarse en futuros campos de batalla. En la medida en que las armas autónomas sujetas a una regulación adecuada puedan contribuir a este fin, no deberían rechazarse.

En la Primera Ronda sostuve que las armas autónomas podrían considerarse éticas siempre y cuando los daños colaterales que inflijan no sean desproporcionados con respecto a sus “contribuciones para la paz, seguridad y estabilidad, y para la prevención de derramamientos de sangre civil a escala masiva”.Mi postura encuentra resonancia en el argumento del investigador de Heritage, James Jay Carafano, de que las armas autónomas tienen “el potencial de aumentar… la eficiencia en el campo de batalla… disminuyendo, a la vez, los daños [colaterales] y la pérdida de vidas humanas”. Me mantengo en mi postura de la Primera Ronda y contra una prohibición improbable e inviable de las armas autónomas.

 


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